Durante el actual estado de alarma y mientras duren las medidas de confinamiento y distanciamiento social, la atención se llevará a cabo por medios telemáticos, pudiendo contactar con nosotros a través de email o teléfono y, en caso de ser necesaria una atención más personalizada, se podrá atender mediante la realización de videollamadas.
En cuanto a la documentación necesaria para la cumplimentación de la declaración de IRPF, se nos podrá hacer llegar escaneada, adjuntándola a un correo electrónico. En caso de no disponer de escáner se nos podrá remitir por foto a través de la aplicación WhatsApp al telefóno 636 277 169.
En caso de tener cualquier duda, póngase en contacto con nosotros y buscaremos la mejor solución.
Te recordamos que tienes la Renta Web y que puedes descargarte una ‘app’ para realizar la declaración de la renta a través de tu móvil o tableta.
¿Quién está obligado a hacer la Declaración de la Renta?
Primero, debemos comprobar si estamos obligados a realizar la declaración de la renta o no; y sino estamos obligados decidir si queremos realizar la declaración porque nos sale un resultado beneficioso.
En principio, todos los contribuyentes personas físicas que residan en España están obligados a declarar. Sin embargo, no todos están obligados. Si te encuentras en alguno de estos casos:
- Si puedes hacer una deducción por alquiler
- Si ganaste menos de 1.000 euros
- Si has cobrado menos de 22.000 euros anuales
- Si has cobrado menos de 12.000 euros
- Si has ganado menos de 1.600 euros a la hora de invertir
- Si percibiste rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos de letras del tesoro y subvenciones para la adquisición de VPO o de precio tasado, siempre y cuando la cuantía conjunta no superara los 1.000 euros
¿Problemas para realizar la declaración de la renta?
Desde GP7, asesoría sin ánimo de lucro con más de 40 años de experiencia, nos encargamos de gestionar tu declaración de la renta, analizar tu situación y buscar la mejor opción para ti, por eso disponemos de tarifas justas para que el resultado de tu IRPF sea el más favorable posible.
¿Qué documentación debe facilitar?
Recuerde facilitar los datos y documentación necesarios para poder realizar la declaración, en caso contrario no le podremos atender.
DOCUMENTACIÓN NECESARIA
- DNI original del titular que acude a la cita y fotocopia del DNI de todos los que figuren en la declaración.
- Autorización firmada por otros declarantes y su fotocopia del DNI (miembros de la unidad familiar o terceros) para realizar la declaración en su nombre.
- Número IBAN de cuenta bancaria
- Referencias catastrales de todos los inmuebles de su propiedad o en los que viva de alquiler o en otras circunstancias
Además, los documentos que se indican según el tipo de renta que usted haya percibido:
- Rendimientos de trabajo:
- Certificado emitido por el pagador.
- Documentación relativa al despido o cese: importe de la indemnización, fecha de acuerdo del despido o cese, de aprobación del expediente de regulación de empleo o de apertura del período de consultas a la autoridad laboral, en caso de despido colectivo.
- Rendimientos del capital inmobiliario (alquileres de pisos, locales, plazas de garaje…): Relación y justificantes de ingresos (contratos…) y gastos deducibles (facturas…).
- Rendimientos del capital mobiliario: Certificados de empresas, entidades financieras y de seguros, contratos, recibos de gastos, etc.
- Rendimientos de actividades económicas en estimación objetiva (módulos): Documentos acreditativos de los elementos o parámetros de la actividad utilizados durante el año. Según la actividad, por ejemplo: personal empleado, consumo de energía eléctrica, superficie del local, potencia fiscal del vehículo, ingresos, libros de bienes de inversión, etc.
- Ganancias y pérdidas patrimoniales:
- Por venta de vivienda habitual:
- Escrituras de compra y de venta
- Fechas de adquisición y transmisión
- Importes reales, gastos y tributos de compra y venta
- Las declaraciones de los ejercicios en los que se practicaron deducciones por la vivienda transmitida
- Datos de préstamos hipotecarios y el capital pendiente de amortizar a fecha de venta
- Transmisiones de inmuebles adquiridos por herencia:
- Escritura de adjudicación o aceptación de la herencia
- Fechas de adquisición y transmisión
- Importes reales, gastos y tributos de adquisición y venta
- Por ventas de acciones, inmuebles u otros bienes, fondos de inversión, premios, etc.:
- Escrituras y/o documentación acreditativa
- Fechas de adquisición y transmisión
- Importes reales, gastos y tributos de compra y venta
- Certificados de fondos de inversión
- Por subvenciones percibidas: justificante de las mismas
- Por venta de vivienda habitual:
- Regularización:
- Por devolución de intereses percibidos de cláusulas suelo:
- Certificado de la entidad financiera indicando los ejercicios a los que corresponde el interés excesivo cobrado por cláusulas suelo nulas
- Declaraciones de ejercicios no prescritos en los que se practicó deducción por vivienda habitual, o se incluyeron dentro de los gastos deducibles de rendimientos de actividades económicas o capital inmobiliario.
- Por devolución de intereses percibidos de cláusulas suelo:
- Otros documentos:
- Por adquisición de vivienda habitual con ampliación del préstamo: saldos pendientes de amortizar del préstamo original
- Con hipoteca: recibos de los seguros
- Por alquiler de vivienda: NIF del arrendador y cantidades pagadas por el alquiler
- Por donativos: justificantes, etc.
Para más información o asesoramiento puedes contactar con nosotros a través de nuestro email: info@gp7.es o nuestro teléfono 976 701 707.