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También se incluyen ayudas para la mejora de los equipamientos y la digitalización

El Boletín Oficial de Aragón (BOA) publicó el pasado 3 de agosto la convocatoria de ayudas del Gobierno de Aragón con destino a la inversión y mejora, y también a la digitalización del pequeño comercio.

Según la Orden ICD/691/2020, podrán ser objeto de subvención las obras de adecuación y equipamiento para la accesibilidad universal y la eliminación de barreras para personas con discapacidad o movilidad reducida.

También se incluyen las mejoras y equipamiento para los escaparates así como rótulos, toldos y marquesinas exteriores.

En cuanto a digitalización, se incluyen en la convocatoria de ayudas la adquisición e implantación de herramientas de software de gestión, marketing digital o de comercio electrónico; kit de digitalización (hasta un máximo de 300 € de gasto subvencionable) incluyendo equipo necesario de fotografiado, elaboración de fichas de catálogo y carga en la plataforma, y excluyendo cámaras, ordenadores portátiles y teléfonos móviles; y la adquisición de equipos TPV y otros de gestión comercial.

Entre las exclusiones destacan las mamparas y equipos de protección frente a la COVID-19,  impuestos y tasas, alquileres o equipos informáticos.

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las pequeñas y medianas empresas comerciales minoristas (personas físicas, jurídicas y las sociedades civiles incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 4/2015 de 25 de marzo de Comercio de Aragón).

No podrán ser beneficiarias las empresas pertenecientes a grandes empresas de distribución y las empresas que queden fuera del ámbito de la Ley 4/2015 de 25 de marzo de Comercio de Aragón.

Las actuaciones a subvencionar deberán haberse ejecutado con anterioridad a la presentación de la solicitud de la ayuda, y los justificantes de gasto y pago deberán estar comprendidos entre el 1 de octubre de 2019 y  el 15 de septiembre de 2020. Para la concesión de la ayuda se deberá justificar en el momento de la solicitud tanto la ejecución de los trabajos como su pago.

El porcentaje máximo de las ayudas será del 80% del gasto subvencionable, con un máximo de gasto subvencionable de 3.000 € por establecimiento comercial y hasta un máximo de 3 establecimientos comerciales por solicitante.

Se deberá presentar una única solicitud por cada establecimiento comercial, y la fecha límite de presentación de solicitudes es 18 de septiembre de 2020. El formulario de solicitud se encuentra en el portal del Gobierno de Aragón www.aragon.es/comerciointerior.

La presentación de solicitudes se podrá efectuar a través de la sede electrónica del Gobierno de Aragón o en los puntos físicos del Registro General del Gobierno de Aragón, en la Plaza de Cervantes 1 de Huesca, en la calle de San Francisco 1 de Teruel o en el Edificio Pignatelli, en el Paseo de María Agustín 36 de Zaragoza.

También se puede presentar la solicitud en cualquier otra de las unidades de registro que figuran en la Orden  HAP/924/2018 de 1 de junio.

La documentación justificativa necesaria para realizar la solicitud deberá aportarse en el momento de presentar la misma, y puede consultarse en Orden/ICD/691/2020