El BOE de 22 de julio publicó el Real Decreto 729/2017, de 21 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la realización de actividades de interés general con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, correspondientes a la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad.
La norma, que entró en vigor el lunes 24 de julio, fija los criterios que ha de seguir el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, a la hora de convocar subvenciones para el desarrollo de actividades de interés general consideradas de interés social, por parte de entidades del Tercer Sector Social, con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Las actividades son aquellas que se enmarcan en los cuatro ámbitos establecidos:
- Atención sociosanitaria
- Educación e inserción laboral
- Seguridad ciudadana y prevención de la delicuencia
- Protección del medio ambiente y cooperación al desarrollo
A través del Real Decreto 729/2017, se establecen las bases reguladoras que han de regir las convocatorias de las ayudas económicas, cuya financiación procede del 0,7 por ciento del rendimiento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Además, en el Real Decreto se establecen:
- Las entidades beneficiarias
- Los programas que se considerados financiables
- Los criterios de valoración
- El procedimiento de concesión, que será el de concurrencia competitiva
- Los gastos subvencionables
- Las obligaciones de las entidades beneficiarias
- La justificación, el seguimiento y control de las subvenciones concedidas
Según la resolución publicada por la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, el importe de la convocatoria de ayudas asciende a 48,17 millones de euros.
La convocatoria establece que el plazo de solicitudes será de un mes a partir del día siguiente a su publicación en el BOE, que fue el pasado 31 de agosto.
(Última actualización 05/09/2017)